Están pendientes en la AN dos Leyes Orgánicas que, por tratarse de sectores ‘soft’ del sistema social, no se les está dando la importancia que merecen: la ‘Ley Orgánica de Cultura’ y la ‘Ley Orgánica de deportes, actividad física y educación física’.
Las leyes orgánicas se ubican entre la Constitución, por un lado y las leyes ordinarias, por otro. Deben ser aprobadas por unanimidad y en casos, por la mayoría de los miembros de la AN. Poseen mayor rigidez en sus regulaciones y no pueden modificarse con facilidad.
La ‘Ley Orgánica de deportes, actividad física y educación física’ y la ‘Ley Orgánica de Cultura’ , comparten algunas características:
-Ambas inciden sobre el uso del tiempo libre de los menores y los jóvenes. Cualquier error, sesgada redacción, perversa omisión puede traer irreparables impactos en ese mayoritario sector del país. Y, como consecuencia, abrirá las puertas no para el ingreso de más venezolanos a los planteles educativos sino a los penales.
-Ambas tienen que ver con la formación en valores patrimoniales, con el ejercicio en equipo, con la creatividad y la innovación, con el espíritu de grupo, el ejercicio de la voluntad, del trabajo coordinado y continuado.
-Lamentablemente en estas versiones, ambas comparten profundos problemas tanto en su estructuración como en su redacción. Las dos se expresan en un lenguaje más cercano a las declaraciones demagógicas y patrioteras que a los términos jurídicos.
-Ambas son turbias en cuanto al señalamiento y descripción de sus fuentes de financiamiento, la recepción y asignación de fondos y peor aún, en la auditoría de sus impactos.
-Ambas sufren de una tremenda confusión entre sus estructuras de gestión. No están claras en sus fundamentos, sus funciones y obligaciones, líneas de reporte, espacios de actuación y no precisan competencias.
La principal falla en la Ley de Deportes y afines…, reside en el artículo que señala la creación del Fondo Nacional del Deporte y la obligatoria captación de recursos del sector privado. Se dispone en su art. Nº 66 que las empresas del sector privado deberán aportar el 1% de sus ingresos de acuerdo a determinadas Unidades Tributarias, para el financiamiento de ese Fondo, el cual podrá también recibir recursos de otras instancias del sector oficial.
Esta normativa es una amenaza no solo para el desarrollo de las actividades deportivas que llevan a cabo organizaciones civiles, colegios, universidades, comunidades organizadas, a quienes se les limitaría el acceso a importantes aportes de múltiples fuentes. También amenaza de muerte al deporte profesional al limitar sus posibles patrocinantes con la prohibición del uso de marcas, práctica que posee probado apoyo para el mantenimiento, formación y desarrollo de los equipos deportivos profesionales.
De la Ley Orgánica de Cultura, me es difícil extraer un punto más grave que otro porque quizás posee mayores y más profundas lagunas que la Ley Orgánica de Deportes y afines…
Ya sus mismos autores la califican de ‘blindada’ lo cual apunta hacia el valor más opuesto a la creación libre, al amplio y democrático uso y disfrute de las instalaciones culturales y artísticas, acceso a instituciones y servicios que el estado debe brindar a todos sus nacionales.
Esta ley es un infeliz amasijo de los proyectos anteriores, creando un esperpento al cual le pusieron los pies en la cabeza y la cabeza en los pies.
Su redacción carece de fundamentación. Su secuencia no tiene sentido. Y lo peor de todo, promueve un anti desarrollo cultural, discriminatorio, aislacionista, y anacrónico.
Su estructuración confunde los ámbitos de actuación con las estructuras de gestión, iguala a los organismos con los sistemas de adscripción y sobre todo, deja completamente de lado áreas de atención definitorias del sistema cultural.
Esta Ley Orgánica de Cultura deja sentado que el Estado estará por sobre cualquier otra disposición, medio de comunicación, programación y uso y disfrute de los servicios culturales.
Mi recomendación a los miembros activos en la Asamblea Nacional es trabajar duro sobre la Ley Orgánica de Deportes y afines…. pero no perder tiempo corrigiendo ese bodrio que han hecho con la Ley Orgánica de Cultura. Ésta debe ser inmediatamente devuelta para su elaboración desde un punto ‘cero’ .
(Nota publicada en www.codigovenezuela.com el 2/8/11 )
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